Limitadas las ventas de Amazon en Francia durante la pandemia

¿Has realizado algún pedido en las últimas semanas a Amazon? Si es así, o incluso si simplemente te lo has planteado, apuesto a que te han surgido un montón de dudas al respecto: ¿esto se puede pedir o no?, ¿tardará mucho tiempo en llegarme? ¿Cómo será el proceso de entrega, tendré que tocar la pantalla para firmar? Los sucesivos cambios adoptados por empresas y administraciones públicas, en base a los nuevos conocimientos sobre el coronavirus, han provocado un aluvión de cambios que, seamos honestos, nos tiene sumergidos a todos en un pequeño caos personal en el que no estamos muy seguros de qué podemos hacer.

Las empresas se encuentran, en muchos casos, en una situación similar, y especialmente aquellas que operan en múltiples países tienen que adaptar sus actividades al marco concreto y cambiante de cada territorio. Y eso, sumado a su interés (legítimo, sin duda, pero que puede llevarlas a forzar un tanto la situación) da lugar a enfrentamientos como el que han protagonizado Amazon y las administraciones francesas. Un choque de trenes del que informa The New York Times, y en el que la justicia finalmente ha decidido a favor de las autoridades galas.

Hace unas semanas, el fallo de un tribunal de primera instancia llevó al gigante de las ventas a través de la red a cerrar seis de sus centros de distribución en Francia, así como a conceder a los trabajadores bajas remuneradas. En ese momento Amazon afirmó que la definición de qué bienes podía vender no era clara y, en lugar de arriesgarse a ser multada, optó por cerrar temporalmente los centros de distribución, además de apelar la sentencia en una instancia superior.

Pues bien, ya hemos sabido el resultado de la apelación, y es que Amazon solo puede entregar artículos directamente relacionados con suministros médicos, productos de higiene y alimentos en el país durante la pandemia de coronavirus. Además, debe realizar una evaluación de riesgos de sus almacenes con los sindicatos. Hay que recordar que éstos demandaron a la compañía por lo que consideraron un fracaso por parte de la compañía para proteger a los empleados del almacén de la exposición al coronavirus.

El Tribunal de Apelaciones de Versalles dijo que si Amazon incumple lo marcado por la sentencia judicial, la compañía sería multada con € 100,000 por cada entrega que no cumpla con sus condiciones. El tribunal revisará el progreso de la compañía el próximo mes, por lo que cabe esperar que las operaciones de la compañía de Jeff Bezos se ajusten como un guante a lo demandado por la justicia, ya que en otro caso las sanciones pueden llegar a ser multimillonarias.

Aunque soy consciente del enorme daño que esto supone para la multinacional, y por supuesto que puedo ponerme en los zapatos de sus gestores y directivos, también puedo hacerlo (y lo hago) en los propietarios de todos esos pequeños comercios de productos no esenciales, que llevan semanas con el cierre echado y con la espada de Damocles sobre sus cabezas. Unos comerciantes que pueden sufrir todavía más si, debido a las circunstancias actuales, parte de sus clientes tradicionales dan el salto al comercio online como consecuencia de que ellos no puedan vender.

Y, por otra parte, pienso que la disparidad en la respuesta de los distintos gobiernos no hace sino complicar aún más la situación. Ante una amenaza global, la respuesta tendría que ser común, y aunque soy bastante escéptico al respecto, espero que esa sea una lección que se aprenda una vez pasado todo esto. Porque la situación actual, vista con un poco de perspectiva, no deja de ser un tanto absurda. Y lo digo pensando, por ejemplo, en Llivia, una pequeña localidad de poco más de 1.500 habitantes y perteneciente a la provincia de Girona.

¿Y por qué Llivia? Porque, puedes comprobarlo en el mapa: está totalmente rodeada por Francia. Entonces, ¿por qué reglas debe regirse Amazon para hacer una entrega allí? ¿Por las españolas, que permiten el envío de productos no esenciales, o por las francesas que lo prohiben? ¿Depende del marco legal en el lugar de entrega, en el de origen de la mercancía? ¿Y qué ocurre si un pedido de la filial española recibe un pedido de un bien no esencial y, al proceder al envío, éste es detenido en territorio francés? ¿Qué norma se aplica? Yo llevo un rato dándole vueltas y todavía no lo tengo nada claro, ¿qué piensas tú?

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